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Incoterms

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¿Qué son los Incoterms?

Para responder a lo que es un incoterm, término que proviene de "International Commercial Terms" que en español quiere decir "Términos de Comercio Internacional", debemos saber que, como su propio nombre indica, son los términos y requisitos de una operación de compraventa internacional. Debido a ello, son los encargados de estipular cuándo y dónde se produce la transmisión de los riesgos y la obligación en cuanto a los costes, así como quién corre a cargo de ellos y otros factores en relación con este tipo de transacciones..

¿Qué es la ICC?

Las siglas ICC hacen referencia a la Cámara de Comercio Internacional. Se trata de la mayor organización internacional privada de empresas. Esta institución se ha convertido en la única que habla con voz representativa de las empresas que la componen. Se encuentra agrupada por entidades de todos los sectores y lugares del mundo.

Fue fundada en el año 1919 y, en la actualidad, es considerada una entidad consultiva de primer orden por otras organizaciones internacionales, como la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la Organización Mundial del Comercio (OMC), la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial (BM).

¿Cuándo aparecen por primera vez los Incoterms?

La primera noticia que existe sobre ellos data del año 1812, cuando se comenzó a utilizar el término FOB como cláusula de transporte en las Cortes británicas. Con posterioridad, en el año 1895 apareció el segundo Incoterm, CIF (Cost Insurance Freight).

Tras la creación de la Cámara de Comercio Internacional apareció, en el año 1936, la primera lista de Incoterms con un total de 6 inclusiones. Ello supuso un gran avance para el comercio internacional, dado que hasta entonces no habían existido unas prácticas estándares para llevar a cabo el transporte de mercancías de ámbito internacional.

Además, se trata de un acuerdo global, una característica de la que carecían los otros dos anteriores que se mencionan.

¿Qué aportan los Incoterms?

Los Incoterms, desde su creación en el año 1936, a pesar de que la creación del FOB (Free on Board) se remonta a más de doscientos años, han facilitado los mecanismos de compraventa internacionales.

Concretamente, se trata de unas reglas que conoce todo aquel que se dedique a la comercialización o asesoramiento internacional. Es más, son reglas iguales para todos que, por otro lado, evitan tener que transcribir folios enteros pactando el transporte, lo cual supone una gran pérdida de tiempo. Dado que estos vienen establecidos con anterioridad, al indicar el Incoterm que se utilizará en el clausulado contractual, ambas partes saben de sobra cuáles son las reglas del juego.

¿Qué modificaciones se han hecho en los Incoterms?

Desde la Cámara de Comercio Internacional (ICC) se han hecho públicas las modificaciones definitivas en los Incoterms y las reglas de comercialización para los siguientes diez años. Se aplican desde el 1 de enero de 2020.

¿Por qué se producen estos cambios?

Los cambios vienen produciéndose periódicamente por parte de la Cámara Internacional de Comercio para atender la evolución en el mercado global. Los retos que acompañan e impulsan dichos cambios son:

  • La seguridad en el transporte de las mercancías de un país a otro.
  • La seguridad y la agilidad en las transacciones de crédito documentario.
  • El constante crecimiento de la economía global, que consiste en hacer que cualquier lugar del mundo pueda formar parte del comercio internacional.
  • ¿Cuáles son las novedades en los Incoterms de 2020?

    No se observan grandes modificaciones en los Incoterms 2020 respecto a los del 2010, pero cabe destacar las siguientes:

  • DAT (Delivered At Terminal), que significa «entrega en terminal». Ha desaparecido y se ha sustituido por el denominado DPU (Delivered at Place Unloaded), que significa «mercancía entregada y descargada» de los medios de transporte. En ambos casos, tanto en el anterior Incoterm como en este, la mercancía debería ser descargada por el vendedor, actualizando el lugar de entrega.
  • CIF (Cost, Insurance, Freight) y CIP (Cost, Insurance, Paid to). En ambos casos, el vendedor tiene la obligación de contratar un seguro a favor del comprador. En CIP, la mínima cobertura tiene que ser a todo riesgo, cumpliendo el 110 %, mientras que para el CIF se mantiene la cláusula C del 110 %. Esto diferencia a ambos Incoterms en cuanto a los términos del aseguramiento de la mercancía.
  • FOB (Free on Board) y CIF pasan a ser usados únicamente en el transporte de contenedores por vía marítima.
  • FCA (Free Carrier). Permitirá proveer de copia de conocimiento de embarque al banco que gestiona el crédito documentario si así viene estipulado.
  • Eliminación de EXW (Ex Works) y DDP (Delivery Duty Paid). El primero de ellos consistía en pactar que el comprador de la mercancía se hacía cargo de todos los gastos desde el momento de la entrega en el establecimiento del vendedor. El segundo era todo lo contrario, el comprador no realizaba ningún trámite porque el vendedor se comprometía a depositar la mercancía en el punto de entrega pactado en el país de destino.
  • La eliminación del DDP supone el desdoblamiento en otros dos nuevos Incoterms, que son el DTP y DPP, por sus siglas en inglés:
  • El DTP significa «Delivered at Terminal Paid», lo cual supone que el vendedor asumirá el pago de los derechos aduaneros y se realizará la entrega en un terminal del país del comprador.
  • El DPP significa «Delivered at Place Paid»> que se traduce en la entrega en cualquier punto pactado, que no será un terminal de transportes. De nuevo, los gastos aduaneros son asumidos por el vendedor.
  • Se elimina también del Incoterm FAS (Free Alongside Ship), con el que el vendedor cumplía con su obligación y corría con su riesgo al depositar la mercancía en el costado del buque.
  • Valoraciones y consejos de los Incoterms 2020

    La desaparición del FAS se podría valorar positivamente por el poco uso que se le ha ido dando. Esto ocurre porque si se retrasa la llegada de la mercancía, debería quedarse en el muelle a disposición del comprador varios días, pero si, por el contrario, se adelanta, las mercancías no podrán ponerse a disposición para el embarque.

    Por otro lado, la eliminación del EXW y la creación de otros dos nuevos en el lugar del DDP es también un movimiento acertado. La razón es que, en muchas ocasiones, el primero acababa siendo usado por empresas con escasa experiencia en el comercio internacional, mientras que el segundo era de uso común.

    Lo anteriormente descrito se traduce en una necesidad de conocimiento sobre el uso de los Incoterms por parte de los operadores que prestan servicios de asesoramiento comercial. De esa forma, pueden utilizar el más idóneo para la ocasión.

    ¿Se pueden usar versiones anteriores de Incoterms?

    A pesar de la salida de los nuevos Incoterms, es posible la utilización de las versiones anteriores, pudiendo ser los mismos de 2010 o mucho más antiguos. Ello es posible, pero es necesario indicar siempre, en el clausulado del contrato de compraventa internacional, a cuál de ellos se hace referencia para que se apliquen dichas reglas, tanto para el transporte como para posibles disputas que puedan ocasionarse.

    Lista completa de Incoterms 2022 (vigentes desde el 1 de enero de 2020)

    EXW (Ex Works)

    En fábrica. El vendedor solo tiene la obligación de poner a disposición del comprador la mercancía en el almacén. Es el comprador el que organiza la recogida y transporte marítimo o aéreo hasta su país y asume todos los gastos.

    FCA (Free Carrier)

    Libre transportista. El vendedor se compromete a entregar la mercancía en un punto acordado de transporte situado en el país de origen. De esta manera, el vendedor se hace cargo de la mercancía hasta depositarla en el sitio indicado.

    FOB (Free on Board)

    Libre a bordo. El vendedor se hace cargo de entregar la mercancía a bordo del buque que ha sido previamente contratado por el comprador, haciéndose la indicación de que, desde el 1 de enero, se podrá entregar la anotación a bordo. Se trata de un documento importante para poder cobrar.

    CFR (Cost and Freight)

    Coste y Flete. Se utiliza para transporte marítimo y viene a decir que el vendedor se hace cargo del transporte hasta el puerto de destino. El riesgo de la mercancía lo soporta el comprador desde el momento en que esta se encuentra situada en el buque del país de origen.

    CIF (Cost, Insurance and Freight)

    No se modifica, porque el uso principal del mismo es para trasladar commodities, lo cual supondría un elevadísimo coste si se llegase a modificar. La póliza sigue emitiéndose a nombre del comprador al 110 %, lo cual supone el seguro de mínimo Cláusula C del Instituto de Londres.

    CPT (Cost Paid To)

    Transporte pagado hasta. El vendedor se hace cargo de los gastos de la mercancía hasta el lugar pactado como destino. El riesgo corre a cargo del comprador, desde el momento en que la mercancía es traspasada al primer transportista en el país de origen.

    CIP (Carrier and Insurance Paid To)

    Se ha puesto actualmente en la Cláusula A del Instituto de Londres, lo que significa que se contrata un seguro obligatorio a todo riesgo por parte del vendedor y se emite a nombre del comprador.

    DPU (Delivered at Place, Unloaded)

    Con este clausulado, la obligación del vendedor terminaría con la entrega de la mercancía en el punto acordado. Ello significa que se compromete con el proceso de exportación y aduanas de tránsito, pero no de desaduanizar en destino.

    DAP (Delivery at Place)

    Entregado en un punto. Es una cláusula que se utiliza para todo tipo de transportes. El vendedor correrá con todos los gastos del transporte y del seguro de la mercancía. Lo único que no soportará son los costes de importación.

    DPP (Delivered at Place Paid)

    Es una de las novedades dentro de los Incoterms 2020. Se produce por la eliminación del antiguo Incoterm DDP. Se traduce en la entrega en cualquier punto pactado que no será un terminal de transportes. De nuevo, los gastos aduaneros se asumen por el vendedor.

    DTP (Delivered at Terminal Paid)

    Al igual que el anterior, es una novedad y proviene del antiguo DDP. Supone que el vendedor asumirá el pago de los derechos aduaneros y se realizará la entrega en un terminal del país del comprador.

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